SITUACIÓN
GEOGRÁFICA:
La Denominación de Origen Conca
de Barberá. Esta sitúada en el Norte de la
Provincia de Tarragona, limítrofe con la de
Lérida,
formando parte de la gran
Depresión
del Ebro.
La zona
constituye una hoya o depresión (conca en catalán) cuyo fondo
ondulado atraviesa el
Río Francolí,
que con su acción erosiva ha modelado un gran anfiteatro delimitado
por las Sierras de Miramar, Bloque de Gayá, Tallat y macizo de
Prades. El centro geográfico e histórico de la comarca es la ciudad
ducal de Montblanc.
Abarca los municipios de:
Barberà
de La Conca,
Blancafort,
Conesa,
Forès,
L’Espluga de Francolí,
Montblanc,
Pira,
Rocafort de Queralt,
Sarral,
Senan,
Solivella,
Vallclara,
Vilaverd,
Vimbodí.
DESCRIPCIÓN:
La Denominación de Origen
Conca de Barberà, amparada por su Consejo Regulador, cuenta
actualmente con unas 6.000 ha. de viñedos y una producción media de
250.000 hl de vino.
El primer Reglamento de la D.O. Conca de Barberà y su Consejo
Regulador fue aprobado por Orden de 19 de noviembre de 1985 del
Departament d'Agricultura, Ramaderia i Pesca de la Generalitat de
Catalunya, el cual fue posteriormente modificado por Orden de 29 de
septiembre de 1989. El Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación ratificó dicho reglamento, a efectos de su defensa por
la Administración Central del Estado en los ámbitos nacional e
internacional, por Orden de 14 de diciembre de 1989.
La mayor parte de los
vinos producidos en la Conca son blancos y rosados, destinados a la
obtención de espumosos con Denominación Cava. No obstante, nos
encontramos en una zona con unas condiciones privilegiadas para la
elaboración de unos vinos tranquilos, en especial los tintos,
excelentes. Viticultores y enólogos, conocedores de este potencial,
están coordinando esfuerzos para obtener vinos de alta calidad, y
poco a poco va creciendo la producción que finalmente se embotella
con D.O. Conca de Barberà.
Los viñedos son en gran
parte jóvenes , concebidos con modernos criterios de cultivo y muy
cuidados. Además, se están sustituyendo las variedades menos
interesantes por otras de mayor calidad.
Por el momento, una considerable proporción de la producción de los
viñedos de la denominación, de las6.000 hectáreas aprosimadas, se
destina a la elaboración de vino base para Cava.
Las variedades de vid más
usadas son las blancas macabeo y parellada y la tinta autóctona
trepat. Produce sobre todo vino blanco, aunque también lo hay
rosado, tinto y espumoso. Sus vinos son frescos, de graduación
alcohólica moderada, ligeros y de aroma afrutado.
CLIMA:
El
Clima
es
Mediterráneo Continentalizado,
con veranos calurosos y con temperaturas en invierno bastante frías,
pudiéndose llegar a los cero grados.
c
Con marcada
influencia continental, de inviernos fríos y veranos presuntamente no
excesivamente calurosos y pluviometría de régimen típicamente
mediterráneo que alcanza los 500-550 mm anuales.
Temp. Max. Verano. 35°C.
Temp. Min. Temp.
Invierno. -6°C.
Pluviometría anual
media 500 mm.
Insolación anual
media 2.500 horas-luz anuales.
SUELOS:
Los suelos son, en su gran mayoría, de naturaleza
calcárea y pobres en contenido de materia orgánica. Pueden ser
arcillosos, con un característico color rojizo o de una textura más
suelta y coloración parda.
En el fondo de la cuenca hay terrazas fluviales.
En el extremo suroeste de la comarca, en las
partes bajas de las laderas de las montañas de Prades, también
aparecen suelos de pizarra.
CONSEJO REGULADOR DE LA DENOMINACION ORIGEN: Conca
de Barberá:
El primer
Reglamento de la D.O. Conca de Barberà y su Consejo Regulador
fue aprobado por Orden de 19 de noviembre de 1985 del
Departament d'Agricultura, Ramaderia i Pesca de la Generalitat
de Catalunya, el cual fue posteriormente modificado por Orden de
29 de septiembre de 1989. El Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación ratificó dicho reglamento, a efectos de su defensa
por la Administración Central del Estado en los ámbitos nacional
e internacional, por Orden de 14 de diciembre de 1989.
La principal función del Consejo Regulador consiste en controlar
la producción de la uva, la elaboración del vino y su
comercialización, con el fin de garantizar al consumidor la
procedencia geográfica y la calidad de los vinos que salen al
mercado con Denominación de Origen Conca de Barberà. A su vez,
representa y protege la Denominación de Origen Conca de Barberà
y también tiene encomendada la promoción de sus vinos.
La principal función del Consejo Regulador asi como
aplicar un riguroso control de calidad para la calificación de
los vinos amparados por la Denominación de Origen Conca de
Barberà:
Cada campaña, las
distintas partidas de vino elaboradas por las bodegas, inscritas
son sometidas a análisis químicos oficiales y a cata por parte
de un comité de expertos, que deben ser superados para poder
obtener y ostentar la calificación de “vino D.O. Conca de
Barberà”.
El Consejo Regulador aplica un riguroso control de calidad para
la calificación de los vinos amparados por la Denominación de
Origen Conca de Barberà. Cada campaña, las distintas partidas de
vino elaboradas por las bodegas inscritas son sometidas a
análisis químicos oficiales y a cata por parte de un comité de
expertos, que deben ser superados para poder obtener y ostentar
la calificación de “vino D.O. Conca de Barberà”.
Mediante un sistema de tarjetas magnéticas personales para cada
viticultor, el Consejo Regulador también controla la recepción
de uva en cada una de las bodegas elaboradoras de la
Denominación de Origen Conca de Barberà, dónde se instala un
terminal de recogida de datos (titular, kg, variedad, grado,
acidez, ...).
|
REGLAMENTOS DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN:
Conca de
Barberá:
ARP/60/2006,
de 16 de febrero, por la que se aprueba el Reglamento de
la Denominación de Origen Conca de Barberà.
DOGC-03-03-2006
ARP/60/2006,
de 16 de febrer, per la qual s’aprova el Reglament de la
Denominació d’Origen Conca de Barberà.
DOGC-03-03-2006
ORDEN APA/3559/2006, de 26 de octubre, por la que se
dispone la publicación de la Orden ARP/60/2006, de 16 de
febrero, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y
Pesca de la Generalitat de Cataluña, por la que se
aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Conca
de Barberà.
BOE-21-11-2006
Ley de la Viña y del Vino:
|
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Nombre |
Consejo Regulador de la
Denominación de Origen Conca de
Barberá |
|
Web |
www.doconcadebarbera.com |
|
Dirección |
Sant Josep, 18 |
| |
43400 Montblanc - Tarragona -
ESPAÑA |
|
Teléfono: |
+34-977-861-232 |
|
Fax: |
+34-977-862-424 |
|
E-mail |
cr@doconcadebarbera.com
|
|
CRIANZA:
Para poder utilizar el término crianza, el proceso de
envejecimiento será el siguiente:
Para los vinos tintos, la
duración de este proceso será de veinticuatro meses con una
permanencia mínima en barrica de madera de roble de seis meses.
Para los vinos blancos y
rosados, la duración de este proceso no será inferior a
dieciocho meses como mínimo, con una permanencia mínima en
barrica de madera de roble de seis meses.
Para poder hacer
constar el término reserva, el proceso de envejecimiento
será el siguiente:
Para los vinos tintos la
duración de este proceso no será inferior a los treinta y seis
meses, con una permanencia mínima en barrica de madera de roble
de doce meses y un envejecimiento en botella de veinticuatro
meses.
Para los vinos blancos y
rosados la duración de este proceso no será inferior a
veinticuatro meses, como mínimo, con una permanencia mínima en
barrica de madera de roble de seis meses y un envejecimiento en
botella de dieciocho meses.
Para la utilización del término gran reserva, el proceso de
envejecimiento será el siguiente:
Para los vinos tintos
será necesaria una permanencia en barrica de madera de roble de
veinticuatro meses, como mínimo, y un envejecimiento en botella
de treinta y seis meses, como mínimo.
Para los vinos blancos y
rosados la duración de este proceso será, como mínimo, de
cuarenta y ocho meses, con un nvejecimiento en madera de roble,
como mínimo, de seis meses y un envejecimiento en botella de
cuarenta y dos meses.
En todos los procesos de envejecimiento descritos las barricas
de madera de roble tendrán una capacidad inferior o igual a 330
litros.
"Crianza", "Reserva", "Gran Reserva", "fermentado en barrica",
"barrica", "roble", y para espumosos "Premium" y "Reserva".
Según normativa general (salvo "Gran Reserva" en tintos
que se alarga la permanencia en barrica hasta los 24 meses)..
"Reserva Superior" Envejecimiento mínimo de 24 meses, desde
el tiraje al degüelle.
"Nuevo" Embotellado durante la campaña y/o a partir del 11/XI
del año de la cosecha e indicación de éste.
"Joven" Embotellado durante la campaña y/o a partir del 20/XII
del año de la cosecha e indicación de éste.
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VARIEDADES AUTORIZADAS: |
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BLANCAS
 |
TINTAS
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TIPOS DE
VINOS/ GRADUACION ALCOHOLICA ADQUIRIDA:
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Blanco
|
Mínimo
10,5 -15%
vol.
|
|
Rosado |
Mínimo.
10,5 -15% vol.
|
|
Tinto |
Mínimo.
11,5 - 15% vol
|
|
Espumoso |
Mínimo.
10,5 - 12,5% vol.
|
|
De aguja
|
Mínimo.
10,5 - 12,5% vol.
|
|
De licor:
|
Mínimo.
15 - 22% vol.
|
- Rancio
(proceso oxidativo en envases
de madera de roble) |
|
|
- Mistela
(adicción de alcohol vínico a mosto). |
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|
- Dulce
natural (mostos de > 250 g/l azúcares, fermentados
parcialmente). |
|
AÑADAS: AÑO Y
CALIFICACIÓN:
|
Excelentes: |
1971-1975- |
|
Muy buena: |
1993-1996-1998-2000-2002-2003-2004-2006-2007-2008- |
|
Buenas: |
1974-1978-1979-1981-1982-1983-1984-19851986-1987-1988-1989-1990-1981-1990-1991-1992-1995-1997-1999-2001-2005- |
|
Regulares: |
1973-1976-1977-1980-1994- |
|
Deficientes: |
|
Copyright
© Luis
Riquelme Ballesteros